¿Mi fotomulta es legal?

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¿Cómo Tumbar Fotomulta? 4 simples formas de lograrlo

En JurisDATA te explicamos cuándo puedes tumbar una fotomulta, ya sea porque no te notificaron nunca o no lo hicieron de una manera adecuada, la autoridad no te identificó plenamente como conductor, no inició el cobro coactivo o no te sancionó dentro del término adecuado.

Encuentra los modelos de derechos de petición y acciones de tutela listos para descarga inmediata para presentar ante la autoridad de transito más cercana. Además, incluye instructivo para diligenciar. ¡Sigue leyendo!

Hoy, las fotomultas son uno de los procedimientos más comunes utilizados por las autoridades de tránsito para sancionar a los conductores infractores

Pero… ¿te has preguntado cómo se puede conseguir “tumbar” este tipo de infracciones?

Conoce 4 formas de tumbar fotomultas

Te lo resumimos, las razones que te acabamos de contar, para tumbar fotomultas o revocar fotodetecciones, son estas:

  1. Nunca se realizó la notificación o te notificaron por fuera de los tiempos de ley, es decir, después de 13 días de cometida la infracción.
  2. No es identificado plenamente el conductor infractor en los casos donde se exige (Sentencias C-038 de 2020 y C-321 de 2022 de la Corte Constitucional). Ya sabes que para los casos de Revisión Técnico Mecánica (RTM) vencida y SOAT vencido el tránsito no tiene que identificar al propietario como conductor al momento de la infracción para sancionarlo.
    Si quieres saber más de la Sentencia C-321 de 2022 y cómo esta cambió las posibilidades de defenderse de fotomultas injustas, léelo en nuestro blog sobre la Sentencia C-321 de 2022.
  3. Por caducidad, esto es, cuando el acto administrativo que sanciona fue por fuera del tiempo de ley. La caducidad de la fotodetección aplica cuando la infracción fue antes del 14 de julio del 2017 y el fallo que sanciona lo hicieron después de 6 meses de la infracción o cuando la infracción fue después del 14 de julio del 2017 y el fallo que sanciona lo hicieron después de 1 año de la infracción.
  4. Por prescripción, cuando el proceso de cobro coactivo no fue iniciado dentro del tiempo de ley. Esto pasa cuando el mandamiento de pago de la fotomulta no se realizó dentro de los 3 años siguientes a la realización del comparendo.

Si tu fotomulta fue después del 6 de febrero de 2020 (Sentencia C-038 de la Corte Constitucional) y aún no tienes una resolución, puedes tumbar tu fotomulta con la Petición + Guía de Audiencia.

Tip

El 90% de las fotomultas se puede tumbar legalmente. Ingresa la placa o cédula del propietario del vehículo. Revisaremos tus fotomultas y te diremos si se pueden tumbar y cómo hacerlo.

¿Puedo tumbar mi fotomulta?

Completa esta información y averígualo en minutos.

SIMIT V2

Es importante cumplir con las normas de tránsito, ya sabes, por seguridad vial. Sin embargo, los organismos de tránsito también deben cumplir con la Constitución Política y la Ley para garantizar tus derechos.

Y como lo prometido es deuda, te contamos algunas formas que tenemos en JurisDATA para que te defiendas:

Forma #1 para defenderse de una fotomulta: no notificación o indebida notificación de la fotomulta.

Esta forma aplica independientemente del tipo de infracción de tránsito pues es la regla general del procedimiento que se debe seguir después de todo fotocomparendo.

Si nunca te notificaron o si consideras que no te notificaron, este documento legal puede ser lo que buscas: Derecho de petición Fotomulta No Notificada 2022

Además, lo puedes usar de manera 100% virtual. Así es, sin tener que salir de casa ni tener que ir a ninguna oficina de tránsito.

También te sirve si además, no te identifican como conductor (sobre este tema te contamos más abajo).

Cuando no recibes la fotodetección o la recibes fuera del tiempo de ley, tu derecho al debido proceso se puede estar vulnerando
.

La principal razón de vulneración de tu derecho fundamental al debido proceso es que no hayas podido participar del proceso contravencional.

El proceso contravencional es el trámite en el que la autoridad de tránsito te investiga y analiza el caso, para definir si eres o no responsable de la infracción de tránsito.

Algunos llaman a este trámite proceso administrativo, aunque técnicamente es un procedimiento administrativo ya que los organismos de tránsito no son jueces pero sí te pueden imponer multas de tránsito.

En todo caso, el tránsito debe realizar el proceso contravencional y decidir si eres o no responsable. Esto lo hace a través de un acto administrativo que normalmente el tránsito llama resolución.

Algunos piensan que ser notificado es recibir en sus propias manos la notificación del comparendo por la autoridad competente, pero lo que deben hacer las autoridades de tránsito es notificarte de acuerdo con lo definido en las normas de tránsito.

Sigue leyendo y te explicamos cómo el tránsito debe realizar la notificación en debida forma antes de sancionarte con el acto administrativo.

Tip

Conoce bien las formas en las que el tránsito te puede notificar

La autoridad competente, es decir, la Secretaría de Movilidad que detectó la posible infracción de tránsito por medio de cámaras de fotomulta, debe enviar una citación para notificación a la dirección registrada en el RUNT.

Normalmente, cuando se recibe la citación es cuando decimos: ¡Me llegó una fotomulta! y lo que sigue es la gran opción de defenderte en la audiencia de tránsito.

Por lo anterior, no está de más que revises si la dirección donde resides actualmente está ahí registrada.

Tip

Si no está está actualizada tu dirección en el RUNT, te recomendamos actualizarla

Si bien es tu obligación actualizar la información en el RUNT, en el Derecho de petición Fotomulta No Notificada 2022 incluimos estrategias para defenderte si a tu dirección actual te llegan de manera adecuada comunicaciones de otras entidades del Estado.

Y como no estamos en la edad de piedra, sí, efectivamente el tránsito puede enviarte la notificación a tu correo electrónico. Sobre esto, lee con atención porque hay algunas sutilezas para tener en cuenta.

Lo normal, antes del COVID-19 era que el tránsito debía tener tu autorización expresa para notificarte a tu correo electrónico.

A partir del año 2020, dentro de la extensa regulación que se expidió por motivos de la pandemia, la entidad de tránsito debe notificarte a tu correo electrónico, al menos mientras dura la Declaratoria de Emergencia Sanitaria del Ministerio de Salud y Protección Social.

Además, el tránsito debe enviar la citación para notificación de la fotodetección al menos dos veces y por correo certificado.

Y si no es posible entregar la fotomulta de la supuesta infracción detectada, independientemente de la razón, desde la oficina de tránsito deben hacer la notificación por aviso durante 5 días en el sitio web de la entidad.

Esto ocurre, por ejemplo, cuando la dirección no existe, porque la persona no vive allí, porque nadie abrió la puerta en esa dirección, entre otras.

Y no lo olvides, con el Derecho de petición Fotomulta No Notificada 2022, además de defenderte, podrás conocer las pruebas que el tránsito supuestamente tiene en tu contra y saber si ha actuado de acuerdo con el ordenamiento jurídico.

Aún no te hemos contado lo mejor del Derecho de petición Fotomulta No Notificada 2022: te damos acceso a la Guía de Audiencia Pública de Tránsito para Tumbar Fotomultas de JurisDATA.

Esta guía seguro te será de utilidad en caso de que el tránsito te explique que tienes opción de defenderte porque no ha tomado una decisión final mediante acto administrativo o resolución.

La solicitud de revocatoria directa de la fotomulta que hacemos con el Derecho de petición Fotomulta No Notificada 2022, depende de que exista precisamente el acto administrativo que te sanciona.

Como ves ¡No necesitas ni siquiera la firma de un abogado para defenderte!

Forma #2 para defenderse de una fotomulta: No identificación del conductor.

Tras la aparición de la sentencia C-321 de 2022 de la Corte Constitucional, cuando se presentan las siguientes causales, el tránsito debe identificarte como el conductor infractor para poderte sancionar:

•Por Revisión Técnico Mecánica vencida en presuntas infracciones cometidas entre el 6 de febrero de 2020 y el 13 de septiembre de 2022. Esto causa una sanción de tipo C35 según el Código de Tránsito.


• Por supuesto exceso de velocidad en fotodetecciones realizadas desde el 06 de febrero de 2020. Esta infracción está contemplada como la C29 de acuerdo al Código de Tránsito.


• Por pasarse semáforos en rojo en fotomultas capturadas desde el 06 de febrero de 2020. Según el Código Nacional de Tránsito, esto constituye la infracción D4.

• Por SOAT vencido en presuntas infracciones cometidas entre el 6 de febrero de 2020 y el 13 de septiembre de 2022. Según el Código de Tránsito, la infracción correspondiente es la D2.

Para más información de estos casos, te invitamos a leer nuestro blog Fotomulta no me identifica como conductor.

Pero como sabemos que debes tener curiosidad frente al tema, te adelantamos algunos puntos claves sobre este asunto:

En todo momento, la carga probatoria de identificar al conductor infractor es del organismo de tránsito, y esto es una regla que aplica a nivel nacional, es decir, para todas las autoridades de tránsito.

Esto supone que debes ser identificado plena y sinceramente en las causales establecidas, salvo que se trate de SOAT o Revisión Técnico Mecánica vencidos (ahí se puede sancionar directamente al propietario del vehículo, a partir del 14 de septiembre de 2022). Que seas el propietario del vehículo sólo te hace sospechoso, por eso puede que te llamen presunto infractor, pues aún no te han declarado responsable de la infracción por fotomulta.

Tip

El Presunto infractor es un sospechoso porque lo están investigando y no le han impuesto efectivamente la sanción

Lo anterior, se hizo evidente después de la sentencia de la Corte Constitucional, en la que se dejó claro que en Colombia las fotomultas no se pueden aplicar de manera automática a los propietarios de los vehículos. Para sancionarlos, se tiene que probar que el propietario era el conductor al momento del comparendo o que logren demostrar que éste tuvo alguna culpa en la infracción. La excepción a esto viene dada por la sentencia C-321 de 2022, donde se deja claro que por SOAT o Revisión Técnico Mecánica vencidos, se puede multar casi automáticamente al dueño del automotor, a partir del 14 de septiembre de 2022 .

Si eres propietario de un vehículo y te sancionan sin haberte identificado como conductor infractor (a excepción de SOAT o RTM vencidos, a partir del 14 de septiembre de 2022), te puedes defender con documentos como este: Derecho de petición Fotomulta No identifica conductor, ya que se estaría vulnerando tu derecho a la presunción de inocencia.

A continuación, te contamos las tres formas más comunes en las que el tránsito intenta probar quién era el conductor infractor:

1. Que el propietario les diga a quién le habían prestado el carro: aunque a decir verdad, esto sólo es un indicio, pues el propietario sólo podría tener certeza si estaba también en el vehículo.

2. Lograr que el conductor infractor confiese: esto ocurre cuando firma un documento en el que acepta la responsabilidad sancionatoria, es decir, que cometió la infracción.

3. Lograr que el propietario pague con descuentos la infracción, a pesar de no haber sido el conductor infractor.

Si bien las fotodetecciones son legales, los organismos de tránsito deben cumplir con el requisito de la identificación plena del infractor (entre otros requerimientos legales).

Tip

Las fotomultas son legales en Colombia, pero para que te puedan sancionar, tanto las cámaras como el tránsito, deben cumplir los requisitos de ley

Bueno, y si eres el dueño del vehículo, es normal que te lleguen comparendos o que te aparezca una orden de fotodetección si consultas el SIMIT, pero recuerda, sólo eres sospechoso hasta que se se demuestre lo contrario. Esto último, salvo que se trate de SOAT o RTM vencidos, porque en esos casos pueden sancionarte sin identificarte, a partir del 14 de septiembre de 2022 (sentencia C-321 de 2022).

Conoce todos los detalles de la Sentencia C-321 de 2022 sobre cambios en fotomultas.

Tip

El dueño del vehículo es inocente hasta que el tránsito demuestre plenamente lo contrario, a excepción de que el automotor tenga el SOAT o la RTM vencidos.

Forma # 3  para defenderse de una fotomulta: Caducidad.

Si no se dio el fallo sancionatorio dentro del tiempo que era, este documento puede ser el que te interesa: Derecho de petición solicitando la caducidad de fotodetecciones.

Si además, no te identifican como conductor, puede ajustarse mejor este documento: Derecho de petición Fotomulta No Notificada 2022.

Forma #4  para defenderse de una fotomulta: Prescripción.

Si el tránsito no hizo el proceso de cobro coactivo dentro del tiempo de ley, este parece ser el documento que estás buscando: Derecho de petición solicitando la prescripcion de fotodetecciones.

Recuerda que para conocer la información relacionada con una fotomulta, puedes consultar a través de la página web de la Secretaría de Movilidad del municipio donde se cometió la infracción. También, puedes dirigirte a la sede de la autoridad de tránsito para reclamar las guías de envío, los datos consignados en el RUNT, y demás información relacionada con la infracción.

Si tu caso NO está en este blog, ¡queremos saber más de ti! Por favor ingresa a Legatón o mira nuestra asesoría en Fotomultas.

Recuerda que esta información no reemplaza en ningún momento la asesoría de los abogados. Si necesitas asesoría personalizada ¡también la encontrarás en JurisDATA!

Conoce otros servicios y soluciones legales y tecnológicas que tenemos para ti, visitando nuestra Tienda en Línea.

[Tumbar Fotomulta] – ¡En JurisData te explicamos el procedimiento y algunas formas en que esto puede lograrse!

Las cámaras de fotomultas funcionan detectando los vehículos con los que se cometen infracciones de tránsito, tales como: transitar con pico y placa, manejar a una velocidad mayor a la permitida, no contar con el SOAT vigente ni con la técnico mecánica, entre otras situaciones.

Además, las cámaras permiten obtener capturas de imágenes, es decir, fotografías donde se debe evidenciar la infracción cometida y, desde el año 2020, también se debe identificar al conductor infractor en ciertos casos.

Por esto, es necesario que tengas en cuenta:

  1. Desde qué momento se produce la infracción, porque es desde allí que se determina el proceso que debemos seguir.
  2. Identificar si te notificaron o no.
  3. Si te notificaron, saber si fue a la dirección correcta y dentro del tiempo establecido en la ley.

Sin embargo, luego de la sentencia C-321 de 2022 de la Corte Constitucional, estos son los casos en los que el tránsito NO debe identificar al conductor y puede sancionar de forma automática al propietario del vehículo:


• Infracciones de vehículos de servicio público.
• Cualquier vehículo con SOAT vencido a partir del 14 de septiembre de 2022.
• Cualquier vehículo con Revisión Técnico Mecánica vencida a partir del 14 de septiembre de 2022.
• Todo tipo de infracciones de vehículos particulares o de servicio público entre el 14 de septiembre de 2019 y 06 de febrero de 2020.

Si tu infracción fue por SOAT, defiéndete con este documento especialmente diseñado para el caso: Derecho de petición SOAT vigente ante fotomulta

¿Cómo se debe notificar al infractor de fotomultas? – [Tumbar Fotomulta por violación al debido proceso]

Desde el momento en que se realiza una detección por cámara, la Secretaría de Movilidad del municipio en el que se cometió la infracción, tiene máximo 13 días hábiles para notificar, aunque puede ser antes.

En este tiempo, el tránsito debe validar el comparendo y luego notificarlo. Además, luego de notificarte el comparendo, deberán enviarte los soportes e indicar que te presentes ante ellos dentro de los 11 días siguientes.

Ya sabes en qué tiempo el tránsito debe notificarte, ahora, la cuestión será descifrar si te notificaron o no…

¿Cómo así? Si yo sé que nunca me llegó nada, ¿Cómo me van a notificar personalmente?

Es común creer que  no nos notificaron si no recibimos nunca un papel con la foto de la infracción, pero en ocasiones, aunque esto pase puede que sí nos hayan notificado ¿bien o mal? Esa es otra cuestión que se tendrá que revisar.

Si tienes una dirección inscrita en el RUNT, ahí será donde deben avisarte que tienes un comparendo para que te puedas defender o pagar oportunamente. Pero si no hay ninguna dirección registrada en el RUNT, te notificarán por aviso

Si la dirección del RUNT está desactualizada, se entenderá válida porque todos debemos mantener este tipo de información vigente.

Bueno, pero si el envío fue a una dirección diferente a la que está en el RUNT, se puede tumbar la fotomulta y el tránsito deberá anular el comparendo por violación del debido proceso.

Te seguimos contando del proceso de notificación para que conozcas cuándo puedes defenderte de una fotomulta injusta.

El tránsito intentará enviar la notificación por correo certificado al menos dos veces, para informar al propietario del vehículo de la existencia de la infracción. Esto significa que si no logra entregarlo porque nadie abrió la puerta o porque la dirección era errada, igual se entiende válida.

Si no hacen estos dos intentos de notificación por correo certificado, la fotomulta deberá ser revocada por violación al debido proceso.

Si quieres comenzar a tumbar tu fotomulta por violación al debido proceso, en JuriDATA te ofrecemos peticiones para que ejerzas tu derecho directamente frente al tránsito.

También, tenemos para ti Tutela por violación al debido proceso para que un Juez se encargue de tomar la decisión en tu caso.

Si enviaste un derecho de petición al tránsito pero nunca te contestaron, no te preocupes porque aquí tenemos lo que necesitas: Insistencia Derecho de petición Fotomulta o Tutela por no respuesta a derecho de petición.

 ¿Tienes una o varias fotomultas y las quieres tumbar? Aquí está la solución: Apelación de fotomulta.

—>Derecho de Petición (No identificación del conductor, No notificación, preescripción y/o caducidad)

¿Qué pasa si no se logra notificar personalmente al infractor en una fotomulta?

Tal y como te contamos antes, si no se logra hacer la notificación personal, la Secretaría de Movilidad puede notificar a las personas por aviso. Esto es, citando al posible infractor mediante una publicación (por 05 días), en su página web y en un lugar con acceso al público dentro de la entidad.

Si vives en la capital del departamento de Antioquia, consulta tus comparendos en la Secretaría de Movilidad de Medellín.

La notificación se entenderá realizada luego de ese tiempo. Como ves, sí es posible que te notifiquen la fotomulta sin que recibas el documento que lo diga directamente en tus manos.

¡Pero no te desanimes! Estás en tu derecho de saber si en tu caso, el tránsito hizo el procedimiento tal y como se debía. Por lo que si no recibiste la fotodetección en casa, es un indicio de que no te notificaron y el paso a seguir es averiguar efectivamente qué pasó en tu caso y qué pruebas tienen en tu contra.

¡En JurisDATA te ayudamos a averiguarlo! Tenemos documentos legales para que te defiendas, en los que además de buscar tumbar la fotomulta, se le pide al tránsito dar cuenta de todas las pruebas que demuestran que cumplieron los requisitos legales antes de sancionarte.

¿Basta con notificar a la persona para que ésta sea responsable de la infracción? -[Tumbar Fotomulta por caducidad]

¡No! Seguro estabas pensando lo contrario…

Es cierto que la notificación adecuada, sea personal o por aviso, es el primer paso pero no el único.

De manera que no basta con que exista una notificación para afirmar que una persona es responsable de la infracción relacionada con su documento de identidad, pues lo que hace la notificación es informarte de una posible infracción a tu nombre, y así, iniciar un proceso para que te defiendas o para que reconozcas la infracción.

La obligación de pagar la multa, surge desde el momento en el que la autoridad de tránsito toma la decisión de que eres un infractor, es decir, cuando genera el fallo sancionatorio en el que te hace responsable de incumplir las normas de tránsito.

Si en tu caso hay un fallo sancionatorio, tenemos buenas noticias: ¡aún hay casos en los que te puedes defender! puesto que el tránsito también debe emitir esta decisión en los tiempos definidos por ley, y si no lo hace, puedes pedir tumbar la fotomulta.

¿Cuándo debe el tránsito emitir el fallo sancionatorio frente a una fotomulta?

Depende, si la infracción fue cometida antes del 14 de julio del 2017, el tránsito tiene 6 meses, pero si fue después de esta fecha, el tiempo que tiene es de 1 año.

Cuando ha pasado este tiempo sin que exista la decisión del tránsito, se entiende que ha caducado, por lo que la fotodetección debería ser revocada por caducidad.

Esto quiere decir que la fotomulta se “tumba” porque la autoridad no ejerció el procedimiento que debía llevarse a cabo con la infracción, dentro del tiempo que pudo hacerlo.

Si quieres comenzar la revocatoria por caducidad, en JuriDATA te ofrecemos un derecho de petición de calidad que te permite realizar el trámite de la manera más fácil y segura:

—>Derecho de Petición (No identificación del conductor, No notificación, preescripción y/o caducidad)

¿La autoridad de tránsito debe identificarme plenamente como conductor? [Derecho de petición Fotomulta No identifica conductor]

De acuerdo con lo decidido por la Corte Constitucional en la Sentencia C-038 de 2020, en los casos donde no se puede comprobar de forma plena quién es el conductor infractor (aun cuando se trate de fotodetección), no será posible imponer la falta automáticamente al propietario del vehículo. Lo anterior, salvo que el comparendo se haya impuesto por SOAT o Revisión Técnico Mecánica vencidos (sentencia C-321 de 2022).

>Fotomulta no me identifica como conductor

¿Qué pasa si la autoridad de tránsito no inicia el proceso de cobro coactivo? – [Tumbar Fotomulta por prescripción]

Apostaría lo que sea a que, si en tu caso te notificaron bien y la decisión de sancionarte salió en los tiempos de ley, estás perdiendo las esperanzas… ¡espera! No dejes que decaigan esos ánimos.

En Colombia, las autoridades tienen que actuar de acuerdo con la Constitución y las leyes, por eso, de principio a fin hay diferentes procedimientos que deben seguir, todo para garantizar nuestros derechos constitucionales

Ahora, es posible que una persona haya sido notificada y que se haya emitido fallo sancionatorio en donde se declara que ésta es responsable y aún así, podrás defenderte si aún no has hecho el pago de la infracción.

La autoridad cuenta con un periodo de 03 años desde  la fecha de la decisión de sancionar, para iniciar el proceso de cobro coactivo en contra del infractor, y si ya pasó este tiempo, significa que el cobro prescribió.

Por esa razón, si transcurridos los tres años, la autoridad no ha realizado el cobro, la fotodetección puede revocarse por prescripción. Esto quiere decir que la fotomulta se “tumba” porque la autoridad de tránsito no ejerció su derecho a cobrar.

Si quieres comenzar la revocatoria por prescripción, en JurisDATA te ofrecemos peticiones para que lo solicites directamente al tránsito, o también, está la tutela si consideras que es mejor que un juez decida el caso.

¿Qué normas fueron tenidas en cuenta en este Blog?
Sabemos que puedes querer mirar la referencia normativa directa, por eso, estas son las principales normas que tuvimos en cuenta: la Constitución Política de Colombia, el Código Nacional de Tránsito, el decreto Anti-trámites, el Código Contencioso Administrativo, entre otros.

PREGUNTAS FRECUENTES FOTOMULTAS 2022

¿Se pueden tumbar las fotomultas?

Sí, cuando el tránsito no siguió el procedimiento en debida forma y en los tiempos de ley. Esto va desde la notificación, incluyendo la identificación del conductor (en los casos que se exige), decidir el caso concreto a través de un fallo sancionatorio, iniciar el proceso de cobro coactivo, entre otros. En JurisDATA te asesoramos y tenemos documentos legales para que te defiendas

¿Cómo sé si nunca me notificaron una fotomulta?

El hecho de que no hayas recibido nada es un indicio, sin embargo, para estar seguros el primer paso es investigar. Si vives en una copropiedad averigua que no esté en portería, si no es tu caso, el tránsito te debe dar acceso a las pruebas que tenga en tu contra. En JurisDATA tenemos documentos legales para que conozcas qué pasó en tu caso, con tus derechos y para que te defiendas.

¿Es verdad que el tránsito debe identificar al conductor infractor en la fotodetección?

¡Sí! hace parte del derecho al debido proceso y a la presunción de inocencia que tenemos todas las personas, de manera que no nos deben sancionar por los hechos que cometió otro conductor infractor. La excepción a esto, es que en los casos de SOAT Y RTM vencidos, si se puede sancionar al propietario del vehículo así no fuera conduciendo al momento de la infracción). En JurisDATA estamos a la vanguardia en estos temas, conoce el documento legal que tenemos para tumbar fotomultas por no identificación del conductor.

¿Qué puedo hacer si nunca me notificaron la fotodetección?

No te preocupes. Primero consulta en el SIMIT el estado del trámite y averigua si efectivamente fue tu vehículo, si fue notificado y quién aparece como conductor al momento de la infracción de tránsito. En JurisDATA tenemos documentos legales como petición de tumbar fotomultas no notificadas y también por la No identificación del conductor.

¿Cuánto tiempo tiene el tránsito para notificarme una fotomulta?

En total son máximo13 días hábiles desde el día de la infracción, pero podrían notificarte en menos tiempo. En los 10 primeros días un oficial validará si se cometió la infracción y luego tienen 3 días hábiles para notificarte de forma personal o por aviso. Recuerda que tenemos documentos legales para que te defiendas, como el Derecho de Petición Fotomulta No Notificada si te notificaron mal o nunca te notificaron e incluso si no te identifican como conductor infractor.

¿Qué hago si me llega una fotomulta?

Conserva la calma, recuerda que somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario. No olvides que como ciudadanos debemos cumplir con las normas de movilidad y la sanción es la forma en la que el tránsito busca garantizar la convivencia.
Ahora, si ves que es injusto el comparendo porque no eras el conductor infractor (salvo las causales donde si te pueden sancionar solo por ser el dueño del vehículo), no te la notificaron, te la notificaron a la dirección incorrecta o detectas cualquier otra irregularidad en el proceso, defiéndete. ¡Con JurisDATA tienes a un clic los documentos legales para que te defiendas! Sea que no te notificaron, si te notificaron mal, si no te cobraron a tiempo, si no te sancionaron a tiempo e incluso si no te identifican como conductor infractor (en los casos que deben hacerlo).

¿Cuándo una fotomulta no es válida?

Una fotomulta debe cumplir con todos los requisitos de ley, de lo contrario, se puede tumbar. Algunos casos en los que se puede tumbar la fotomulta son cuando no se notifica, no identifica al conductor (para los casos que se exige), es mal notificada, entre otros.

¿Cómo saber si tengo una fotomulta?

En cualquier momento puedes consultar en el SIMIT si a tu nombre hay registrada alguna fotomulta. Ten en cuenta que el SIMIT sólo es informativo y no constituye una notificación.

¿Son válidas las fotomultas en Colombia?

Las fotomultas son válidas en Colombia pero se pueden tumbar cuando no cumplen todos los requisitos legales. Entérate de cuáles son.

¿Dónde encuentro asesoría en fotomultas?

¿Qué es una fotomulta?

Una fotomulta es una foto de una posible infracción, por lo que es la prueba principal que el tránsito utiliza para investigar a los sospechosos y así decidir si son o no responsables.

¿Las fotomultas son legales o ilegales?

En Colombia es válido que se usen cámaras para detectar infracciones, sin embargo, la fotomulta debe cumplir todos los requisitos para que sea legal, si no lo hace, te puedes defender.

¿A los cuántos días se notifica una fotomulta?

Una fotomulta se debe notificar dentro de los 13 días hábiles siguientes a la infracción, si no se hace en este tiempo, se puede tumbar. Si quieres conocer más de la notificación de fotomultas.

Si quieres consultar tus fotomultas, ingresa al SIMIT, pero si quieres saber si se pueden tumbar, y cómo hacerlo, puedes revisarlas a través de la Consulta de Fotomultas JurisDATA.