¿Mi fotomulta es legal?

Ingresa la placa y descúbrelo

Verificar fotomulta

Sentencia C-321 de 2022

Descarga aquí el comunicado oficial sobre la sentencia C-321 de 2022

El 14 de septiembre de 2022, la Corte Constitucional comunicó la decisión sobre la revisión de constitucionalidad del artículo 10 de la Ley 2161 de 2021.

La decisión de la Corte para sancionar a algunos de los propietarios de vehículos por SOAT y Técnico-Mecánica tiene efectos a partir del 14 de septiembre de 2022. Esto implica que por estas dos causales, se puede configurar una infracción de tránsito atribuible al dueño del vehículo automotor, sin tener que entrar a probar si esa persona iba o no conduciendo al momento de los hechos por las vías públicas.

En esta sentencia, la Corte Constitucional permite la responsabilidad objetiva para el propietario del vehículo para casos de RTM y SOAT vencidos, que en la práctica se traduce en la posibilidad de ser sancionados de forma casi automática por parte del tránsito.

Es una sanción semi-automática porque en todo caso el tránsito debe proteger y garantizar los derechos de los propietarios de los vehículos, según las normas de tránsito.

Es así como cada Secretaría de Movilidad del país, en todos los casos, debe adelantar un proceso contravencional donde se respeten la presunción de inocencia, el debido proceso, y en general, todo lo que está en el ordenamiento jurídico que rige en el territorio nacional que le da garantías al presunto infractor frente a la autoridad de tránsito. 

La Sentencia C-321 de 2022 impacta a algunos propietarios de vehículos

En la Sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional permite que el tránsito sancione al propietario del vehículo sin identificarlo como conductor infractor en algunos casos de SOAT vencido y Revisión Técnico Mecánica vencida (en estos dos supuestos se revive la responsabilidad solidaria que antes estuvo erradicada por completo tras la Sentencia C-038 de 2020).

¡Pero la sanción semi-automática no aplica para todos los casos de SOAT y Técnico Mecánica!

Resulta que el tránsito debe identificar al conductor infractor en las presuntas infracciones por SOAT vencido entre el 6 de febrero de 2020 (cuando las autoridades competentes aprobaron la Sentencia C-038) y el 13 de septiembre de 2022. Así las cosas, los agentes de tránsito no pueden sancionar de manera automática al propietario del vehículo, sino que debe mediar un proceso administrativo sancionatorio con todas las garantías del caso, donde con ayudas tecnológicas se haga la identificación del conductor que cometió la infracción.

*En resumen: las autoridades de tránsito competentes deben identificar al conductor infractor en las presuntas infracciones por SOAT o Revisión Técnico Mecánica vencida entre el 6 de febrero de 2020 y el 13 de septiembre de 2022, y no pueden sancionar de manera automática al propietario del vehículo.

Descarga aquí la Sentencia C-321 de 2022 en formato PDF.

Casos en los que el tránsito SI debe identificar al conductor infractor

 

  • Por SOAT y Revisión Técnico Mecánica en presuntas infracciones cometidas entre el 6 de febrero de 2020 y el 13 de septiembre de 2022. Según el Código de Tránsito, las infracciones correspondientes aquí serían las D2 y la C35, respectivamente.

  • Por supuesto exceso de velocidad al conducir por carreteras nacionales, en fotodetecciones realizadas desde el 06 de febrero de 2020. De acuerdo al Código de Tránsito, la infracción correspondiente es la C29.

  • Por pasar semáforos en rojo en fotomultas capturadas desde el 06 de febrero de 2020. El Código de Tránsito, señala que esto corresponde a una infracción D4.

  • Por transitar en medio de pico y placa en órdenes de comparendos realizados desde el 06 de febrero de 2020. El Código de Tránsito, dice que esto corresponde a una infracción C14.

Casos en los que el tránsito puede sancionar de forma automática al propietario del vehículo

  • Infracciones de vehículos de servicio público.

  • Cualquier vehículo con SOAT vencido a partir del 14 de septiembre de 2022.

  • Cualquier vehículo con Revisión Técnico Mecánica vencida a partir del 14 de septiembre de 2022.

  • Todo tipo de infracciones de vehículos particulares o de servicio público entre el 14 de septiembre de 2019 y 06 de febrero de 2020.

En todos los casos, el tránsito debe garantizar el derecho al debido proceso, lo que incluye una adecuada notificación según las normas establecidas para ello. Cabe resaltar en este punto que, todos los comparendos de tránsito se deben notificar por correo certificado a la dirección registrada en el RUNT, y si esto no es posible, se pasa a hacer notificación por aviso.

Nota: el correo electrónico no es un medio idóneo para notificar supuestas infracciones de tránsito.

Cambios que trajo la Sentencia C-321 de 2022 de la Corte Constitucional

En la Sentencia C-038 de 2020, la Corte Constitucional hizo un importante desarrollo de los derechos de las personas en materia sancionatoria aplicada al tema de fotomultas y defendió los derechos de los propietarios de vehículos. Por eso, en Colombia en la mayoría de infracciones el tránsito debe identificar al conductor infractor para no sancionar injustamente al propietario del vehículo.

Como novedad, tras la entrada en vigencia de la Sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional permite la sanción automática para el propietario del vehículo en casos de SOAT vencido y de Revisión Técnico Mecánica vencida.

¡Recuerda que si no te identifican como infractor, te puedes defender en la audiencia!

Descarga aquí la Sentencia C-321 de 2022 en formato WORD.

¿Qué derechos tienen los propietarios de vehículos cuando les llega una Fotomulta por SOAT o Técnico Mecánica?

Si eres propietario de algún vehículo debes saber que a pesar de la sentencia de la Corte Constitucional (C-321 de 2022), tienes derechos que el tránsito debe respetar, por ejemplo:

  • Ser notificado dentro de los tiempos de ley: dentro de los 13 días hábiles siguientes a la infracción.

  • Ser citado a audiencia por correo postal, o en su defecto, ser notificado por aviso.

  • Solo te pueden cobrar intereses moratorios a partir de la resolución de tu caso.

  • Puedes acceder a descuentos por pronto pago de infracciones de tránsito.

¿Cómo Tumbar Fotomulta? 4 simples formas de lograrlo

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Cuándo hay obligación de identificar al conductor infractor ante una fotomulta?

1. Por SOAT y Revisión Técnico Mecánica en presuntas infracciones cometidas entre el 6 de febrero de 2020 y el 13 de septiembre de 2022.
2. Por supuesto exceso de velocidad en fotodetecciones realizadas desde el 06 de febrero de 2020.
3. Por pasar semáforos en rojo en fotomultas capturadas desde el 06 de febrero de 2020.

¿Qué pasa si no se identifica al conductor de una fotomulta?

Si se trata de una de las causales donde el tránsito debe identificarte y no lo hace, la fotomulta se puede tumbar. Te puedes defender con documentos como este: Derecho de petición Fotomulta No identifica conductor, ya que se estaría vulnerando tu derecho a la presunción de inocencia.

¿Cómo pasar las multas de tránsito a otra persona?

Es posible trasladar la multa a la persona que verdaderamente incurrió en la falta y cuentas con 11 días hábiles a partir de la notificación de la fotomulta para hacer el traspaso. Deben presentarse el propietario del vehículo y el infractor que asumirá la fotomulta, si no se presenta el propietario debe enviar una carta de autorización para el cambio de infractor. La carta debe indicar: cédula, comparendo, placa y que lo autoriza para realizar cambio de infractor.

¿Se puede tumbar una fotomulta que no identifica al conductor?

Si se puede mientras se trate de una de las causales donde las autoridades de tránsito tienen la obligación de identificar al conductor infractor, ya que se estaría vulnerando tu derecho a la presunción de inocencia.

¿A qué nos referimos con la identificación del conductor infractor?

Esto implica que cuando se infringen ciertas normas de movilidad, el tránsito debe identificarte como el conductor infractor para poderte sancionar y no pueden imponerte una multa simplemente por tener un vehículo registrado a tu nombre. Así, se pretende sancionar a quien realmente cometió la infracción.

¿Qué novedades trajo la Sentencia C-321 de 2022 en fotomultas?

En síntesis, con esta sentencia, la Corte Constitucional permite que el propietario de un vehículo pueda ser sancionado de forma casi automática por parte del tránsito, cuando se trata de casos de Revisión Técnico Mecánica y SOAT vencidos.

¿Qué autoridad regula el uso de cámaras de fotomulta en Colombia?

La autoridad competente para autorizar el uso de las cámaras es la Agencia Nacional de Seguridad Vial, bajo los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte.
Las cámaras de fotodetección se comenzaron a implementar para sancionar de una manera más ágil y eficaz a los actores viales que no respetan las normas de movilidad, por ejemplo, exceder los límites de velocidad permitidos.

¿Las cámaras de fotodetección deben estar señalizadas en las zonas rurales o únicamente en el perímetro urbano?

No importa si se trata de una zona rural o de vías urbanas, según el Gobierno Nacional,  todas las cámaras utilizadas para controlar infracciones de tránsito en las vías nacionales, deben estar debidamente señalizadas con una antelación de 500 metros de distancia a su punto de ubicación. 

Nota prensa: Si vas a usar nuestros análisis te pedimos el favor de referenciarnos como fuente, incluye el enlace a esta página, así podemos seguir generando información valiosa para ti.

¡Conoce todo sobre la Ley 1843 de 2017 y las cámaras de fotomultas!