Apelación de fotomulta
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En Colombia no se permite presumir que el propietario del vehículo es el infractor de las normas de tránsito, salvo en ciertos casos de SOAT y Revisión Técnico Mecánica vencidos. Todos nuestros documentos legales hacen parte de una estrategia legal sólida (Aplica si tu fotomulta ya cuenta con una resolución).
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Se le concederá acceso a Plataforma fotomultas.
Categorías: eDoc, FotomultasDescripción
¿Tienes una o varias fotomultas y quieres que te ayudemos a tumbarlas?
¡Estás en el lugar correcto! Hemos ayudado a más de 1.000 personas en toda Colombia a resolver la situación con sus fotomultas.
En JurisDATA diseñamos una estrategia optimizada para ayudarte a tumbar tu fotomulta de la forma más rápida y efectiva posible.
Evaluamos diferentes criterios para saber lo que podría ser más conveniente para tu fotomulta, analizamos elementos cómo:
- Aplicación de la sentencia C-038 de 2020 e identificación del conductor cuando procede.
- Debida notificación.
- Si existe o no resolución.
- Fecha de la resolución.
Con información como esta podemos identificar con gran precisión cuál es la estrategia legal que podría ser más conveniente para tumbar tu fotomulta.
Desde el año 2020 en Colombia no se permite presumir que el propietario del vehículo es el infractor de las normas de tránsito, es decir, ya no se puede asumir que es responsable de las infracciones de tránsito que se realicen en su automóvil o motocicleta, salvo en ciertos casos de SOAT y Revisión Técnico Mecánica vencidos.
Lo anterior se debe a que en un primer momento, la Corte Constitucional tumbó por completo la solidaridad que se presumía por ley. Pero, con la sentencia C-321 de 2022, se dejó claro que hay casos puntuales donde se puede sancionar al propietario del vehículo de forma casi automática.
Es por eso que ahora tienes una nueva forma de defenderte.
¿Qué incluye la apelación?
La apelación de fotomulta incluye:
- Estrategia legal para la apelación de la fotomulta.
- Documento con diseño estratégico y de calidad elaborado y actualizado por abogados.
- Diseño de documento pensado para que lo puedas usar fácilmente.
- Recomendaciones de uso que se envía al correo electrónico que has registrado.
- Respuesta a las preguntas frecuentes que puedes consultar en nuestra web.
Para tumbar mi fotomulta ¿es necesaria la realización de la audiencia?
La audiencia es el recurso más efectivo para apelar una fotomulta, siguiendo una estrategia de defensa adecuada las probabilidades de que se logre tumbar son superiores al 95%.
Los casos en los que se requiere audiencia son en los que aún no exista resolución que deje en firme la fotomulta o en los casos en los que se reinicia el proceso y se genera la oportunidad de la audiencia.
¿Debo asistir personalmente a la audiencia?
En primer lugar, debes saber que no todos los casos requieren de audiencia. En caso de que aplique la audiencia para tu estrategia de defensa JurisDATA, puedes solicitar que la cita sea virtual y se pueda atender desde cualquier lugar.
A veces algunas secretarías no la ponen fácil e intentan solo dar opciones presenciales aunque por ley deben darte la oportunidad virtual.
Nosotros te explicaremos en qué consiste la audiencia y la estrategia legal adecuada para el caso, para que no sea necesario atenderla con abogado.
¿Y si no quiero asistir? llegado el momento de la audiencia puedes optar por el servicio de representación legal en audiencia.
¿Es más efectivo si un abogado me representa que si yo atiendo la audiencia? No, de acuerdo a nuestra experiencia no encontramos diferencia en cuanto a efectividad si la audiencia es atendida por un abogado o por la persona directamente. La gran mayoría de nuestros clientes optan por atender la audiencia logrando tumbar la fotomulta en más del 95% de los casos.
¿Si tengo dos o más fotomultas debo comprarlo más veces?
En JurisDATA actualizamos los documentos de manera constante, de acuerdo con las nuevas normas, estrategias y tendencias legales. Por eso, puedes decidir si compras la última versión que tenemos en la tienda o si sigues usando la que compraste antes para casos que sean iguales.
Normalmente, tener la última versión del documento es más poderoso para defenderte.
¿A dónde debo enviar este derecho de petición?
Al correo del tránsito, nosotros te lo enviaremos junto con el documento legal correspondiente a tu caso al correo que registraste, una vez hayas realizado la compra del documento.
¿Necesito un abogado?
No, verás que no es necesario. Si tienes dudas durante el proceso puedes consultar las preguntas frecuentes en nuestra web y en nuestros blogs.
¿Debo diligenciar algún documento legal?
Solo debes completar con tus datos el documento que recibirás en el correo electrónico que registraste.
¿Quién envía la petición JurisDATA o yo?
Tú lo envías, es muy fácil. Lo puedes hacer por correo electrónico (a tu correo te indicaremos a qué dirección lo puedes enviar), también lo puedes enviar por los formularios de PQRs de la secretaría y de manera física, a la dirección que te aparece en la web de cada secretaría de tránsito.
¿Quién debe hacer la petición?
Como es el propietario del vehículo el que normalmente aparece con la fotomulta, es quien debe hacer la petición. Mejor dicho, la persona a la que le llegó la fotomulta.
Para tumbar una fotomulta ¿siempre se debe enviar primero un derecho de petición?
Sí, el mecanismo más efectivo y poderoso para defenderse de una fotomulta es un derecho de petición. Nuestros documentos legales son elaborados por abogados expertos en tránsito y actualizados frecuentemente.
¿Dónde encuentro el correo electrónico de la secretaría?
Cuando te enviemos el documento legal completamente diligenciado con tu caso específico, también te compartiremos el correo de la secretaría para que puedas radicarlo fácilmente a través del correo electrónico.
Esta es una información que intentamos darte de una manera fácil y cómoda, aunque podrías encontrarla en Internet.
Luego de que reciba el documento legal ¿Qué debo hacer?
Lo único que tienes que hacer es revisar que la información esté correcta y reenviar el correo al correo del tránsito (nosotros te lo indicamos). Importante que en el mensaje del correo menciones qué es lo que estás enviando y algún dato que identifique tu petición de otras (¿te imaginas cuántas peticiones reciben a diario las secretarías?), por ejemplo: placa, matrícula, número de fotomulta, etc.
¿Qué NO incluye esta estrategia?
Esta estrategia no incluye:
- Representación legal durante la audiencia. Nosotros te explicaremos el paso a paso de la audiencia y la estrategia de defensa (aplica para los casos de fotomultas sin resolución o reinicios de procesos en dónde haya lugar a audiencia).
- Ningún tipo de litigio dónde se requiere actuación a través de apoderado.
- Asesorías de abogados.
- Llamadas.
- Trámites.
- Seguimiento personalizado de tu caso
- Interpretación de la respuesta que recibas.
- Cualquier otro servicio no especificado en esta descripción.
¿Cómo sabes si esto es para mi?
Este documento es para ti si:
- Quieres empoderarte de tus derechos.
- Eres autosuficiente, buscas economía y estrategia jurídica al alcance.
- Te quieres defender de manera inteligente, económica y sin abogado.
- Sabes que no necesitas abogado para pedir lo básico: que se tome una mejor decisión o bien la información completa que necesitas para defenderte.
- Sabes que puede que no llegues a necesitar de abogado y si llegaras a necesitar abogado es algo que puede ser más adelante, cuando tengas más claro tu caso.
- Sabes que un documento diseñado y actualizado por abogados es más poderoso para defenderte.
¿Cómo saber si esto no es para mi?
Este documento no es para ti si:
- Quieres que alguien haga por ti el 100% del trámite.
- Quieres asesoría personalizada.
- Quieres que un abogado se encargue de hacerlo por ti.
- No tienes tiempo para defenderte llenando el documento, de leer las recomendaciones que te enviamos a tu correo y luego de enviarlo.
Si definitivamente has notado que este documento no es para ti y te interesa ponerte en contacto con un abogado, puedes agendarte aquí de manera fácil y rápida con un abogado aliado, externo a JurisDATA.
Información adicional
Fecha comparendo | Comparendo antes de 6-feb-2020, Comparendo después de 6-feb-2020 |
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