Se establece que no solo se podría utilizar este medio de transporte al interior de las ciudades, sino de manera intermunicipal.
Al Congreso de la República llegó en las últimas horas un proyecto de ley que de inmediato empezó a generar polémica: la legalización del transporte público a través de los llamados motocarros.
“Muchos municipios de Colombia solo tienen como opción de transporte los llamados motocarros, que son motocicletas adecuadas para algún tipo de carga o prestan servicio en sitios donde no llega ningún tipo de transporte, y es prudente que los alcaldes tengan instrumentos para controlar el tráfico”, expresó el consejero para las regiones, Luis Fernando Velasco.
El texto de la iniciativa, presentada por el representante liberal Andrés Calle, señala que esta regirá “en los municipios de categorías 4ª, 5ª y 6ª. El servicio se prestará dentro del territorio rural y urbano de la jurisdicción del respectivo municipio”, es decir, en las ciudades más pequeñas en las que no hay un sistema de transporte altamente desarrollado.
Sin embargo, el texto contiene una ‘perla’ que ha llamado la atención, pues indica que “la autoridad municipal de 1ª, 2ª y 3ª categoría, podrá autorizar el funcionamiento del servicio regulado en la presente ley, en aquellas zonas donde se establezca que existe un déficit en la capacidad transportadora que puede ser atendido por el servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros y carga en vehículos motocarros a libre destinación del usuario”.
Es decir que, en las grandes ciudades, incluso las capitales, también podría ser legalizado este medio de transporte.
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