Desde la Secretaría de Movilidad de Bogotá se van a embargar productos bancarios y financieros de más de 31.624 deudores, que no han cancelado sus infracciones de tránsito cometidas entre los años 2019 y 2022.
Cabe resaltar que antes de proceder con estas medidas cautelares, los deudores embargados fueron motivamos a cumplir con el pago de sus obligaciones.
Paulo Rincón Garay, Subsecretario de Gestión Jurídica, afirmó lo siguiente: “A los deudores previamente se les invitó a pagar mediante oficios persuasivos, además, se inició su debido proceso de cobro coactivo, librando el mandamiento de pago, el cual también fue notificado de acuerdo con el marco legal”.
A una persona le pueden embargar sus bienes por tener multas de tránsito sin pagar, saldos pendientes de deudas anteriores, acuerdos de pago en mora o por tener vehículos en los patios de la Secretaría Distrital de Movilidad. Dentro de lo que se le puede embargar a un ciudadano, se encuentran: cuentas bancarias, bienes inmuebles, vehículos, salarios y honorarios.
¿Cómo solicitar un desembargo?
Si usted ya está al día con sus obligaciones y aún no se le ha debitado el dinero de la deuda, ingrese a www.movilidadbogota.gov.co, diríjase a la opción ‘Consulta y pago de comparendos’. Una vez allí puede descargar el volante de pago y cancelar la deuda en el Banco de Occidente y/o Caja Social; o a través de medios electrónicos, por medio del botón de PSE.
Una vez hecho esto, en un lapso de 15 días hábiles posteriores al pago de la deuda, la Secretaría de Movilidad adelanta el desembargo ante la entidad correspondiente (entidad financiera, empleador, pagador, oficina de tránsito o de registro).
Fuente: Caracol Radio.